{"id":1408,"date":"2026-04-15T06:05:00","date_gmt":"2026-04-15T06:05:00","guid":{"rendered":"https:\/\/observadoreconomico.com\/?p=1408"},"modified":"2026-04-14T21:17:44","modified_gmt":"2026-04-14T21:17:44","slug":"clausulas-de-ajuste","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/inversiones-y-gestion-de-riesgo\/clausulas-de-ajuste\/","title":{"rendered":"Cl\u00e1usulas de ajuste"},"content":{"rendered":"<p>El creciente proceso inflacionario, ha introducido en la operatoria bancaria un variado n\u00famero de instrumentos, que intentan corregir las deformaciones monetarias que se producen por dicho proceso, tanto en el capital como en los intereses, por lo que ha parecido necesario precisar algunos conceptos esenciales, que tienen especial importancia en la toma de decisiones financieras, para ello se desarrollar\u00e1n tres t\u00f3picos, a saber:<\/p>\n\n\n\n<p>1. Concepto de tasas nominal, efectiva y real de inter\u00e9s<\/p>\n\n\n\n<p>2. Metodolog\u00eda de la indizaci\u00f3n 3. Comparaci\u00f3n con sistemas no indizados. Conclusiones.<\/p>\n\n\n\n<p>Concepto de tasas nominal, efectiva y real de inter\u00e9s<\/p>\n\n\n\n<p>La tasa nominal de inter\u00e9s es la que se halla literalmente transcrita en el acuerdo y mide la cantidad de dinero resultante por unidad de tiempo al utilizar una unidad de capital. Al referirnos a la tasa nominal no debe olvidarse que, en realidad, \u00e9sta incluye otros elementos que la simple renta o costo financiero por la colocaci\u00f3n o toma del dinero; entre ellos podemos distinguir:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Tasa de inter\u00e9s propia (ip)<\/p>\n\n\n\n<p>b) Tasa de costo administrativo (ic)<\/p>\n\n\n\n<p>c) Tasa de riesgo de operaci\u00f3n (ir)<\/p>\n\n\n\n<p>d) Tasa real de inter\u00e9s (r).<\/p>\n\n\n\n<p>Se incluye a t\u00edtulo ilustrativo una tabla que registra la relaci\u00f3n entre la equivalencia de las tasas anteriormente citadas. La tasa de inter\u00e9s propia se manifiesta por una variaci\u00f3n en el capital en t\u00e9rminos de bienes, debido a una caracter\u00edstica intr\u00ednseca de los mismos. Representa un concepto econ\u00f3mico y su estudio, escapa al marco general de la presente obra. La tasa de costo administrativo, representa para el acreedor aquellos gastos del manejo de la cuenta, y para el deudor los necesarios para la obtenci\u00f3n de la asistencia financiera (sellados, comisiones, etc.). La tasa de riesgo de operaci\u00f3n estima la probabilidad de cobro de la cuenta. La tasa real de inter\u00e9s mide, en t\u00e9rminos de moneda constante, el resultado de una determinada operaci\u00f3n financiera. Conforme lo se\u00f1alado, la determinaci\u00f3n de la tasa nominal.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Al hablar de tasa real se hace referencia a la tasa nominal de inter\u00e9s, depurada de la tasa de desvalorizaci\u00f3n de la moneda en el mismo per\u00edodo. Cabe acotar aqu\u00ed que dicha tasa de desvalorizaci\u00f3n proviene de la utilizaci\u00f3n de \u00edndices efectivos para el per\u00edodo por el cual es calculada; atento a ello y con el fin de hacer relaciones homog\u00e9neas, se debe trabajar con la tasa efectiva de la nominal peri\u00f3dica o proporcional que se utiliza. Si consideramos el Cuadro I de Datos* tendremos que para el per\u00edodo que va del momento 0 al momento 1, se verifica una tasa de desvalorizaci\u00f3n (t) expresada en tanto por uno de 0,05 a la cual le corresponde una tasa efectiva de inter\u00e9s (i&#8217;) expresada en igual forma de 0,605; si deseamos obtener estos indicadores para el per\u00edodo que va del momento 0 al momento 6, encontrar\u00edamos una tasa de desvalorizaci\u00f3n (t) de 0,3918 y una tasa efectiva de inter\u00e9s<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"683\" height=\"1024\" src=\"https:\/\/observadoreconomico.com\/wp-content\/uploads\/2026\/04\/2147650958-683x1024.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-1410\" style=\"width:840px;height:auto\" srcset=\"https:\/\/observadoreconomico.com\/wp-content\/uploads\/2026\/04\/2147650958-683x1024.jpg 683w, https:\/\/observadoreconomico.com\/wp-content\/uploads\/2026\/04\/2147650958-200x300.jpg 200w, https:\/\/observadoreconomico.com\/wp-content\/uploads\/2026\/04\/2147650958-768x1152.jpg 768w, https:\/\/observadoreconomico.com\/wp-content\/uploads\/2026\/04\/2147650958-8x12.jpg 8w, https:\/\/observadoreconomico.com\/wp-content\/uploads\/2026\/04\/2147650958.jpg 1000w\" sizes=\"auto, (max-width: 683px) 100vw, 683px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Fianza<\/h2>\n\n\n\n<p>Es una de las formas t\u00edpicas m\u00e1s usuales de las garant\u00edas personales. Para la ley argentina habr\u00e1 fianza cuando una de las partes se hubiere obligado accesoriamente por un tercero y el acreedor de ese tercero, aceptase su obligaci\u00f3n accesoria. Surge de lo expuesto que se trata de un contrato, accesorio, es decir que supone la existencia de una obligaci\u00f3n principal a la cual est\u00e1 subordinada la del fiador. Pueden ser fiadores como principio general todos los que tienen capacidad para contratar, con excepci\u00f3n de casos determinados. Las sociedades tambi\u00e9n pueden ser fiadoras, pero es necesario que lo permitan sus estatutos y que sus administradores tengan poderes especiales para otorgar esta garant\u00eda en nombre de las mismas. EI objeto de una fianza cabe que sea amplio, inclusive alcanzar a garantizar el cumplimiento de obligaciones eventuales, sin que sea necesario que la fianza tenga un monto determinado, o sea que la utilizaci\u00f3n de esta garant\u00eda presenta en oportunidades gran maniobra para los bancos, para asegurar el cumplimiento de cl\u00e1usulas, que no representan obligaciones de dar sumas de dinero, pero que como en el caso de los proyectos de inversi\u00f3n, puedan requerir el cumplimiento de otras condiciones, que hacen a la obligaci\u00f3n principal. Una caracter\u00edstica de este contrato, a tenerse en cuenta en casos como el descrito y que en ocasiones ha dado lugar a inconvenientes, es que la obligaci\u00f3n principal se\u00f1ala el l\u00edmite m\u00e1ximo de la fianza y el fiador puede obligarse por igual o por menos de \u00e9l, pero nunca a m\u00e1s, pues en ese caso superar\u00eda la dimensi\u00f3n a que se oblig\u00f3 el responsable original. Por tratarse, como ya se dijo de una obligaci\u00f3n accesoria, el banco deber\u00e1 interpelar judicialmente al prestatario y si \u00e9ste no cumple, entonces podr\u00e1 tanto ejecutar a \u00e9ste como al fiador, y en el caso de que sea este \u00faltimo quien afronta el pago, podr\u00e1 accionar contra el deudor por el importe de la deuda, los intereses y los gastos soportados. En materia civil, en el caso de que los fiadores fueran varios, el garante s\u00f3lo est\u00e1 obligado a pagar su parte, pero si el compromiso hubiese sido asumido en forma solidaria, el acreedor puede dirigirse directamente contra el fiador sin necesidad de ejecutar los bienes del deudor y puede demandar por el total a cualquiera de los garantes.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p><!-- wp:paragraph --><\/p>\n<p>El creciente proceso inflacionario, ha introducido en la operatoria bancaria un variado n\u00famero de instrumentos, que intentan corregir las deformaciones monetarias que se producen por dicho proceso, tanto en el capital como en&#8230;<\/p>","protected":false},"author":3,"featured_media":1409,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[397],"tags":[],"class_list":["post-1408","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-inversiones-y-gestion-de-riesgo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1408","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1408"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1408\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1414,"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1408\/revisions\/1414"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1409"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1408"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1408"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/observadoreconomico.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1408"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}